Todo sobre las comisiones en tus cuentas bancarias

Las entidades bancarias deben facilitar a sus usuarios la información sobre las comisiones que realizan por cada servicio, de manera que estos sean conscientes de la periodicidad con la que se van a cobrar o el tipo de comisión en concreto. Al ser clientes, disponemos de todo el derecho que nos otorga la ley para poder acceder a este tipo de información, para lo cual tenemos varias opciones diferentes. 

CUENTAS NOMINA

Una de las maneras más rápidas y más comunes de informarnos sobre las comisiones que quieren imponernos, es por medio de los contratos del producto. En él se debe especificar detalladamente los aspectos que tiene la comisión de la que dispone el producto que deseamos contratar. Es posible que la entidad realice modificaciones en el contrato una vez que se ha firmado, y nos será notificado a través nuestro correo electrónico o mediante una carta que se enviará a nuestro domicilio.

Cuentas bancarias y comisiones

También podemos consultar este tipo de información a través de los libros de tarifas de los que dispone cada entidad bancaria. Se trata de unos documentos que se actualizan cada trimestre, y se publican tanto de manera física como a través de la web del banco. Lo cierto es que no se trata de un documento sencillo de encontrar, pero si nos encontramos con algún problema en su búsqueda, siempre podemos contactar con la entidad en cuestión, que debería responder todas nuestras dudas rápidamente.

Es importante que los costes referidos a la comisión pueden variar en relación a lo que se establece en los libros, ya que varía en cada entidad bancaria. De hecho, la legalidad aporta libertad a los bancos para que apliquen el tipo de comisión que mejor les convenga, siempre y cuando se trate de un servicio solicitado de forma expresa por el cliente y se cobren de manera razonada por los servicios prestados.

CUENTAS NOMINA

Dicho así puede hasta parecernos una situación injusta para los usuarios, por lo que hay que puntualizar que la entidad bancaria debe cumplir con una serie de requisitos para poder tener libertad sobre las comisiones que otorga a los clientes.

Para empezar, y como ya hemos mencionado anteriormente, sólo puede cobrar dichas comisiones, si el cliente ha aceptado de manera expresa el servicio. Después, será necesario justificar el cobro de las comisiones en base al tipo de servicio que se preste al usuario interesado. Por último, debe haberse informado al cliente de manera detallada sobre el gasto de comisión, al menos dos meses antes de que el banco realice algún tipo de cambio en la cantidad de la comisión.

Dentro del marco legal tampoco existe un límite de coste de las comisiones, ni máximo ni mínimo, por lo que realmente es la entidad quien los establece de la manera en que mejor les conviene. Es por esta razón que debemos informarnos lo máximo posible y consultar todas nuestras dudas antes de realizar contrataciones de cuentas bancarias.

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