Qué es y cómo funciona la cuenta de pago básica

Las cuentas de pago básicas son un tipo de cuenta corriente que trata de facilitar abrir una cuenta corriente a europeos aunque no residan en el país de apertura de la cuenta. 

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Qué es la cuenta de pago básica

Se trata de una cuenta corriente que pone a disposición de los usuarios ciertas operaciones de manejo que resultan fundamentales, como pueden ser las transferencias, poder retirar dinero en los cajeros o domiciliar recibos.

A través de esta iniciativa europea, creada por la Directiva 2014/92/UE, lo que se pretende conseguir es brindar la posibilidad a todos los ciudadanos europeos para que puedan contratar una cuenta corriente, sin importar el país en el que se encuentren o la región de la que provengan.

Uno de los mayores puntos a favor de este tipo de cuentas, es que las entidades bancarias están obligadas a atender a cualquier tipo de usuario que desee abrir una cuenta de estas características en territorio europeo, a pesar de que no pertenezcan al país.

Además, dentro de nuestro país, estas cuentas serán de gran ayuda para que cualquier ciudadano tenga la oportunidad de abrir una cuenta corriente de forma totalmente gratuita, puesto que no todos tienen las mismas necesidades o no disponen de la misma cantidad de dinero para poder hacer frente a ciertos gastos. Esto último es muy importante, porque tampoco dará opción a la banca para rechazar a aquellos usuarios que no le parezcan rentables.

Condiciones para contratar una cuenta de pago básica

Como ya hemos mencionado antes, cualquier persona que resida en un país de la Unión Europea podrá abrir una cuenta corriente, a pesar de que no viva en España. En este aspecto también se incluyen a personas que carezcan de domicilio fijo, excepto si ya tienen una cuenta corriente abierta aquí. Esto es algo que no se había dado hasta ahora, ya que no se excluye a ningún ciudadano de la UE.

También podrán beneficiarse de esta norma aquellas personas que solicitan asilo en el país, así se encuentra reflejado en el Real Decreto-ley 19/2017, que expresa claramente que podrán disfrutar de este beneficio las personas que no tengan un permiso de residencia, pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho.

En nuestro país, concretamente, está expresamente prohibido el acceso a las cuentas corrientes, solamente en el caso éstas se puedan supeditar a la adquisición de otros servicios y siempre y cuando no sea un requisito ineludible para toda la clientela de la entidad. Estamos hablando de un apartado muy importante para todo usuario, debido a que, de la misma manera en que muchas entidades bancarias obligan a sus clientes a que obtengan participaciones del capital también podrían exigirle esto a los clientes que deseen abrir este tipo de cuentas.

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Servicios en una cuenta de pago básica

Ante todo, lo que se pretende conseguir a través de una cuenta corriente es que todo tipo de usuarios europeos dispongan de una opción más sencilla para operar a través de las entidades bancarias. Estas cuentas de pago básicas permiten al usuario realizar las siguientes operaciones:

  • Ingresos de fondos.
  • Reintegros en todas aquellas oficinas y cajeros automáticos que dispongan de entidad dentro de la Unión Europea.
  • Pagos con tarjeta de débito o prepago en toda la UE, también en las compras a través de internet.
  • Domiciliaciones de recibos.
  • Transferencias SEPA.

Es importante destacar que la cantidad de domiciliaciones y transferencias se encuentran limitadas anualmente, podremos realizar una cantidad no superior a 120 en total.

Comisiones en la cuenta

La ley que se aplica a nuestro país establece que las comisiones en este tipo de cuentas no serán superiores a los 3 euros cada mes. De hecho, podemos ver cómo a partir de esta normativa gran parte de las entidades bancarias han acordado establecer la misma cantidad de intereses al año, 36 euros en total.

Los gastos que se cobran respecto a esta comisión, sirven para cubrir cualquier tipo de servicio asociado a la cuenta corriente, como puede ser la apertura, el cierre o llevar a cabo ingresos y reintegros, entre otros.

Sin embargo, si se supera la cantidad límite de 120 operaciones, la entidad bancaria si que tiene permitido el cobro de ciertas comisiones especiales.

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